Vigilancia, Seguridad privada y Protección de explosivos
Objetivos
- Vigilar y proteger bienes y personas evitando la comisión de delitos e infracciones.
- Proteger el almacenamiento, manipulación y transporte de objetos valiosos o peligrosos y explosivos.
Contenidos formativos
- MF0080_2: (Transversal) Vigilancia y protección en Seguridad Privada. (250 horas).
- UF2672: Aspectos jurídicos en el desarrollo de las funciones del personal de seguridad. (90 horas)
- UF2673: Psicología aplicada a la protección de personas y bienes. (30 horas).
- UF2674: Técnicas y procedimientos profesionales en la protección de
personas, instalaciones y bienes. (90 horas). - UF2675: Medios de protección y armamento. (40 horas).
- MF0082_2: Vigilancia, transporte y distribución de objetos valiosos o peligrosos y explosivos. (60 horas)
- MP0558: Módulo de prácticas profesionales no laborales de vigilancia, seguridad privada y protección de explosivos. (40 horas)
Vigilancia, Seguridad privada y Protección de explosivos
Requisitos del alumno
Hay que poseer al menos uno de los siguientes requisitos:
- Tener el título de Graduado en ESO, como mínimo.
- Tener cualquier certificado de profesionalidad de nivel 2.
- Tener un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
- Cumplir el requisito de acceso a los ciclos formativos de grado medio, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso.
- Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años
y/o de 45 años. - Tener acreditadas las competencias clave de nivel 2:
- Matemáticas
- Lengua Castellana
Para ejercer la profesión de Vigilante de Seguridad y Vigilante de Explosivos se precisa estar en posesión de la Tarjeta de Identidad Profesional (T.I.P) expedida por el Director General de la Policía según la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y el Real Decreto 2364/1994.
La superación con evaluación positiva de la formación establecida en el presente certificado de profesionalidad garantiza la formación requerida para la obtención de la habilitación de Vigilante de Seguridad y Vigilante de Explosivos de acuerdo a lo establecido en el artículo 29.1.a) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad
Privada.